Ratifican 10 años de condena para abusador sexual, pero éste desapareció.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, confirmó la condena de 10 años de prisión efectiva para César Salazar Mendoza, sentenciado por delito contra la libertad sexual en la modalidad de actos contra el pudor en agravio de una menor de 11 años, cuyos problemas psicológicos y físicos, generados por este abuso, no han terminado.

Lo grave es que, la condena no se hará efectiva porque el condenado tuvo tiempo para fugarse, sustrayéndose de la carcelería. Es decir, el abuso está impune.

La sala, ha ordenado: “que se cursen los oficios para la inmediata captura e internamiento del sentenciado… en el establecimiento penitenciario, bajo responsabilidad funcional”. Lo que suena a una lavada de manos.

EL DELITO

El pasado 16 de febrero del año 2017, la señora LIRA, tía de la menor agraviada y esposa del acusado César Salazar Mendoza, viajó a Lima y dejó a la abuela, ZCU y la menor agraviada, en casa del acusado, para que cuiden a su hijo menor de cinco años de edad.

A las 2.30 de la madrugada del 17 de febrero, el acusado se acercó al cuarto donde dormía la menor agraviada junto a su abuela ZCU y la despertó para pedirle que fuera a dormir al otro cuarto donde se encontraba el menor de cinco años. El pretexto que utilizó es que él iba a salir a trabajar.

Entonces, la niña, entendiendo que era parte de su obligación cuidar al menor, fue al otro cuarto y lo encontró durmiendo en una cama de dos plazas. Ella se recostó a un costado. Y vio como el padre del niño, también se recostaba en la cama.

Sorpresivamente el acusado comenzó a abrazarla con mucha fuerza, como para inmovilizarla. Luego pasó a tocarla tratando de llegar a su parte más íntima. Y le dijo que sólo la iba a tocar durante cinco minutos nada más. En esos momentos, la menor empujó al acusado y salió corriendo de ese cuarto para dirigirse apresuradamente al cuarto de su abuelita.

Luego de lo ocurrido, el denunciado salió de su cuarto hacia la sala, donde permaneció hasta que se fue a trabajar.

Ese mismo día, a las 9 de la mañana, cuando se encontraban desayunando en la casa del acusado y estaba presente su mamá, la niña ya no pudo soportar los nervios y poniéndose a llorar, contó lo que le había sucedido.

De inmediato, KRA, la madre de la menor, presentó la denuncia verbal ante la autoridad policial para que inicie las investigaciones. El hecho estaba en flagrancia, pero, al parecer, los policías no consideraron que era oportuno actuar ¿Por qué? Algún día se sabrá.

EL PROCESO

Todo el proceso penal, en su etapa de juicio oral, se desarrolló en el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Coronel Portillo, que, ante la contundencia de las pruebas, el 29 de noviembre del 2023, emitió sentencia, condenando a César Salazar Mendoza, a 10 años de pena privativa de libertad efectiva. La pena no se cumplió, porque Salazar apeló.

APELACIÓN

La sentencia fue a la Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, que preside el Dr. Américo Urcino Torres Lozano, e integran el Dr. José Wagner Córdova Pintado y el Dr. Marco Antonio Santa Cruz Urbina, quien actuó como director de debates en esta apelación.

La defensa técnica (abogado) del sentenciado César Salazar Maldonado, argumentó que su patrocinado era inocente y que había sido acusado por la animadversión entre su esposa, LIRA, con la madre de la niña, KRA. Este conflicto familiar lo estaba perjudicando. Agregó que, en el proceso han demostrado que no existe evidencia ni sospecha fuerte del delito que le imputan por lo que pidió la nulidad o revocatoria de la sentencia y como consecuencia la absolución del acusado.

El representante del Ministerio Público respondió los argumentos de la defensa técnica. Descartó que haya existido un conflicto porque entonces la madre de la menor no hubiera estado asistiendo a cocinar en la casa de su hermana LIRA y tampoco habría consentido que su hija se quede a cuidar a su pequeño primo.

Agregó que el propio acusado aceptó que fue a despertar a la niña para que fuese a su cuarto, versión corroborada por la abuela, ZCU.

Tras escuchar los alegatos de la defensa técnica y del Ministerio Público, la sala, en su sentencia de vista, aparte de describir una frondosa estructura técnico-legal, basada en las normas y la jurisprudencia, valoró los siguientes elementos:

a)La declaración de la menor

b)El acta de denuncia verbal de la madre de la menor.

c)El acta de constatación policial.

d)La declaración de la mamá de la agraviada.

e)La declaración de la testigo ZCU, abuela de la menor.

f)La declaración de la perito psicóloga Sandra Mónica Ríos Arenas.

EL DAÑO

Pero lo que dice la psicóloga y que no se ha valorado lo suficiente, es el daño que este acto ha causado a la menor.

En su pericia, la psicóloga concluye que la menor presenta: “Reacción ansiosa, compatible a evento negativo de tipo sexual”. Se advierte que “la menor denota tensión, con tendencia a evitar el contacto visual al momento del relato como mecanismo de defensa, irritabilidad, ya que le menor está indignada, molesta, es desconfiada, lo que puede limitar sus relaciones con los demás, expresando sentimientos de inseguridad, además que la versión que brinda la menor agraviada es coherente, espontáneo, comprensible con un lenguaje claro, comprensible y ritmo moderado”.

¿Cuánto demorará en recuperarse de este trauma? ¿Cómo impacta en su vida futura?

Los especialistas David Cantón-Cortés y María Rosario Cortés, el primero del Departamento de Psicología Evolutiva y de la Educación, Universidad de Málaga, y la segunda de su similar de la Universidad de Granada, explican lo que podría ocurrir en la niña que sufrió este ataque: Dicen:

“Finalmente, en el caso de los adolescentes, la mayoría de los resultados encontrados son similares a los de niños en edad escolar. Los estudios han encontrado desregulaciones en los niveles de cortisol y otros trastornos psicobiológicos, problemas internalizantes y externalizantes, trastornos disociativos, síntomas de Trastorno de Estrés Post-traumático (TEP) y problemas en el rendimiento escolar y cognitivo (Muela, Balluerka y Torres, 2013; Noll, Trickett, Susman y Putnam, 2006; Trickett et al., 2001). También, es más probable que los adolescentes abusados sexualmente, comparados con los niños, realicen actividades delictivas, sufran trastornos de la alimentación, problemas físicos de salud, consuman drogas, lleven a cabo más conductas suicidas y auto-lesivas y conductas sexuales tempranas y de riesgo (Feiring, Miller-Johnson y Cleland, 2007)”.

El tiempo, cuidado y tratamiento que le puedan dar a la menor, podrían evitar este drama.

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