PARTICIPÓ EN ROBO CON ARMA DE FUEGO
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Liberación Condicional Concedida por el Juzgado Penal Colegiado de Ucayali
El sistema judicial peruano ha tomado una decisión trascendental en el caso del interno Segundo Adner Tapullima Aricari, quien fue sentenciado por su participación en un robo agravado ocurrido en el asentamiento humano Señor de los Milagros, en Yarinacocha, en junio de 2014. El Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Corte de Ucayali, compuesto por las magistradas Asela Isabel Barbaran Ríos y Janeth Sandra Pizarro Osorio, junto al juez Roy Roger Ruiz Dávila, ha declarado procedente el beneficio penitenciario de liberación condicional bajo reglas de conducta para el interno Tapullima Aricari. Esta decisión ha generado un debate público sobre el sistema de justicia penal y la reintegración de los condenados a la sociedad.

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El Caso de Segundo Adner Tapullima Aricari
El caso se remonta al 8 de junio de 2014, cuando los denunciantes se dirigían a sus hogares en el asentamiento humano Señor de los Milagros. En ese momento, fueron interceptados por cuatro hombres desconocidos que viajaban en un motocarro. La situación se tornó peligrosa cuando uno de los asaltantes apuntó con un arma de fuego a uno de los agraviados, mientras sus cómplices restringieron a la segunda víctima y le robaron dos teléfonos celulares y 200 soles. Después de cometer el delito, los asaltantes se dieron a la fuga.
Las víctimas denunciaron el incidente, lo que llevó a la intervención de la Policía. Horas después del asalto, se realizó un patrullaje intensivo en la zona, lo que resultó en la detención de Américo Amasifuén Mozombite, Segundo Adner Tapullima Aricari y César Robles Saldaña en la avenida Centenario. Durante el registro personal de los detenidos, se encontró a Amasifuén Mozombite en posesión de un arma de fuego artesanal y tres teléfonos celulares. Lo mismo ocurrió con Segundo Tapullima y César Robles, quienes también tenían tres teléfonos celulares cada uno. Estos tres individuos fueron identificados por las víctimas como los autores del robo.
Con base en la evidencia y testimonios, Segundo Tapullima Aricari fue condenado a 10 años y 4 meses de pena privativa de libertad, que debería concluir el 7 de octubre de 2024.

Requisitos para la Liberación Condicional
La liberación condicional es un beneficio penitenciario que permite a los reclusos cumplir el resto de sus penas fuera de la prisión bajo ciertas condiciones. Para acceder a este beneficio, los solicitantes deben cumplir con requisitos formales y sustanciales exigidos por la ley peruana. En el caso de Segundo Tapullima Aricari, el Colegiado consideró que cumple con estos requisitos, ya que ha mantenido un empleo constante durante su tiempo de condena, ha completado las tres cuartas partes de su pena, ha demostrado buena conducta y ha realizado pagos sustanciales hacia la reparación civil.
La ley peruana también establece que los beneficios penitenciarios solo son procedentes cuando el interno demuestra que su liberación será para estudiar y/o trabajar. En este caso, Segundo Adner Tapullima Aricari ha afirmado que su solicitud se basa en la posibilidad de trabajar, lo que ha sido considerado por el Colegiado como un factor relevante para la concesión del beneficio.
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