POR NO DECLARAR PROPIEDAD DE MOTO CUANDO FUE CANDIDATO
La Corte Superior de Justicia de Ucayali, a través de la Segunda Sala Penal de Apelaciones confirmó la decisión emitida por el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, que condenó a Abel Vásquez Panduro a un año de pena privativa de la libertad suspendida, además de la inhabilitación para ejercer funciones públicas como autor del delito contra la función pública, en el subtipo de falsa declaración en un proceso administrativo en agravio del Jurado Nacional de Elecciones.
Abel Vásquez participó en las Elecciones Congresales Extraordinarias del año 2020 como candidato al Congreso por Democracia Directa. En su solicitud de inscripción ante el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo, declaró poseer únicamente un motocarro. La tesis del Ministerio Público es que Vásquez Panduro ocultó el hecho de ser propietario de una motocicleta, a pesar de estar obligado a revelar todos los bienes a su nombre.

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El excandidato argumentó que la omisión era involuntaria, alegando además que la motocicleta era una chatarra en desuso. No obstante, para el juez Dilmer Meza Conislla, esta justificación no lo exime de responsabilidad, y consideró que Abel Vásquez es culpable del delito que se le imputa, ya que al presentar su hoja de vida, incumplió su deber de ser veraz al afirmar que era dueño de un vehículo cuando, en realidad, era propietario de dos.
La resolución confirmada por la Segunda Sala de Apelaciones sostiene que la defensa del acusado no proporcionó evidencia objetiva para respaldar su argumento. En este contexto, se concluye que, en una declaración, no es determinante si el bien está en uso o no, o si está en posesión del acusado o no.

Lo crucial es la propiedad que ostentaba sobre el bien, lo cual ha sido corroborado a través de la ficha de búsqueda y transferencia de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos –SUNARP-, estableciendo la materialidad del delito y la responsabilidad del acusado.
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