Porque considera que la sentencia fue insuficientemente motivada
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Por favorecimiento al tráfico de drogas
La Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, integrada por los magistrados Frederic Rivera Berrospi, Hermógenes Lima Chayña y Jonatan Basagoitia Cárdenas, anuló la sentencia que absolvió a Yonel Anastacio Gamarra, de 55 años de edad, investigado por el delito de favorecimiento al tráfico ilícito de drogas y dispuso que otro juez realice nuevo juicio oral para el acusado. ¿La razón? Porque considera que la sentencia fue insuficientemente motivada.
El 17 de junio de 2014, personal policial observó que en el sector Alonso Abad, distrito y provincia de Padre Abad, un hombre transportaba un montículo de plantas, quien al advertir la presencia de los agentes del orden, ingresó, de manera sospechosa, a una vivienda.
Al acercarse al inmueble los policías fueron atendidos por Yonel Anastacio, quien autorizó el ingreso a la casa. En el registro del inmueble encontraron en un montículo de plantas y naranjas, dos paquetes circulares precintados, conteniendo alcaloide de cocaína. Las actas policiales consignan que, el investigado, al percatarse que la Policía encontró las sustancias ilícitas, intentó darse a la fuga.
El colegiado consideró que la sentencia impugnada debe ser declarada nula por “inobservancia del contenido esencial de los derechos y garantías previstos por la Constitución; específicamente al debido proceso, consistente en el derecho a la debida motivación judicial, la misma que en el caso resulta ser insuficiente”.
Pena privativa por tráfico de drogas
La pena será privativa de libertad no menor de seis años ni mayor de diez años y de trescientos sesenta a setecientos días-multa cuando el agente ejecute el delito en las circunstancias previstas en los incisos 2, 3, 4, 5 o 6 del artículo 297 del Código Penal.”
Finalmente, el imputado junto a su conviviente y las muestras de drogas fue llevado a la comisaría de Aguaytía. Durante la investigación preparatoria se obtuvo el resultado preliminar químico de drogas, el cual concluyó que las muestras correspondientes a las drogas encontradas en el inmueble del intervenido resultó positivo para pasta básica de cocaína, con un peso neto de 7 kilogramos 108 gramos.