Al borde de las 10 de la noche de ayer, el juez Jasón Panduro, leyó la parte resolutiva de la resolución que impone 36 meses de prisión preventiva para la ex alcaldesa encargada de Yarinacocha, Bertha Barbarán Bustos y los otros 10 investigados.
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Desde las 4 de la tarde, el juez comenzó a leer la resolución que consta de 145 páginas de detalles y razonamientos jurídicos. Sin embargo, cuando se encontraban por la mitad de la lectura, la defensa técnica pidió que se abrevie, pasando de frente a la parte resolutiva, petición que fue aceptada.
Ya en la parte resolutiva, el juez Jasón Panduro, declaró fundada la petición del ministerio público y dispuso el internamiento en el penal de Pucallpa de Bertha Barbarán y los diez investigados: Liz Carol García Rengifo, Kely Soria del Castillo, Paul Aldahir Dahua Bembino, Gary Alan Ruiz Cometivos, Kelly Morán Arirama, José Luis Salva Díaz, Robinson Alfredo Pizarro Gonzales, Enzo André Torres Alvarado, Angélica Marubeni Flores Silva, Jamer Rengifo Reyna están investigados como presuntos autores del delito de organización criminal, y por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada, en agravio del Estado, municipalidad distrital de Yarinacocha.
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De la lectura que venía realizando se desprende que el juez había considerado que se habría producido el delito de colusión agravada.
Refirió que hay un alto grado de sospecha de la comisión de ese delito por el cual podría ser condenada Bertha Barbarán Bustos, considerada líder de la organización criminal, porque cuando tomó el control de la municipalidad ya había estado gestionando intereses de cinco empresas para que reciban pagos de Jerly Díaz Chota, integrante de “Los Fantasmas de Ucayali”. Al asumir la gestión, Barbarán, sólo habría cambiado su estrategia para seguir favoreciendo a las empresas.
Es decir, habría dejado de contratar a imprenta Soria y contrató a las otras cuatro empresas creadas para continuar su accionar denunciado por el testigo protegido quien dijo que solo las cuatro empresas postulaban y ganaban sin hacer un estudio de mercado correcto buscando el lucro personal y de grupo.
De acuerdo con el levantamiento del secreto de las comunicaciones, para ejecutar ese procedimiento ilegal, daban instrucciones vía telefónica.
Según la lectura del juez, en el delito de colusión agravada habrían utilizado proformas sobrevaloras por montos menores a 8 UIT. Las empresas no estaban inscritas en el registro nacional de proveedores, pero les otorgaron 66 órdenes de compras y servicios y ordenaban que se paguen de inmediato, caso contrario se despediría del cargo a sus funcionarios.