El Juzgado de Investigación Preparatoria de Atalaya, presidida por Dilmer Meza Conislla, admitió el requerimiento de prisión preventiva solicitada por la Fiscalía Anticorrupción, a cargo del fiscal César Salazar Dávila, contra Adelmo Guerrero Enciso, alcalde provincial de Atalaya, y sus dos funcionarios, Pedro William Mego Acuña y Karla Suárez Ostos, así como de Carmelo Roca Collazos (supuesto proveedor).
Todos ellos por estar implicados en la banda criminal los “Elegantes de Atalaya” y en el robo millonario suscitado el 25 de mayo de las arcas de la Municipalidad Provincial de Atalaya, por un monto 3 millones 674 mil 572 soles, tras cumplirse el plazo de 7 días de detención preliminar.
Tras realizarse la audiencia del requerimiento de prisión preventiva, de manera interrumpida durante los días viernes y sábado, el Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró fundado dicho requerimiento al promediar las 4:30 de la tarde de este último sábado 21 de agosto.
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Delitos
En el proceso de investigación preparatoria, el Ministerio Público, ha señalado para los investigados, tres delitos: Peculado doloso, banda criminal y delito informático, de las cuales los dos primeros fueron admitidos por el titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Atalaya, ya que este último no podría probarse.
“Luego de analizados los pocos elementos de convicción estos sí generan sospecha en la vinculación de los investigados en la comisión del delito de peculado doloso. De otro lado atendiendo a que la imputación (banda criminal) corresponde a un concierto voluntario de dos o más personas con la finalidad de cometer delitos en este caso de los fondos de la Municipalidad Provincial de Atalaya es claro que se cumple con la vinculación también de bandas criminales; respecto al delito informático no se puede determinar que los imputados sean los responsables directo”, sostuvo el magistrado.
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Presupuestos
El magistrado señaló que, los elementos de convicción que vinculan a los investigados, los hechos que son materia de investigación no son necesariamente aquellos puedan compararse con los elementos de prueba, sino basta que los actos de investigación que se sustentan y logren persuadir la apariencia del hecho.
“En ese sentido los elementos de convicción ya antes detallados se advierte que estos sí constituyen elementos fundados y graves tal es así que se puede ver un acto grave probabilidad, sospecha fuerte del hecho que vincula a los imputados siendo así del respectivo análisis que le corresponde a esta judicatura con los elementos de convicción que se tienen y han sido debatidos podemos decir que sí se cumple con el primer presupuesto (elementos graves y fundados)”.
El Ministerio Público, había señalado un concurso real de tres delitos, peculado doloso, banda criminal y delito informático atentado contra la integridad de datos informáticos y que la suma total de estos delitos hacen un total de 18 años con 9 meses de pena privativa de la libertad, no obstante, al no cumplirse el tercer delito la pena sería de 14 años y 8 meses.

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“Habiéndose determinado que únicamente hay pruebas por el delito de peculado doloso y al delito de banda criminal, el concurso real de la prognosis de la pena (segundo presupuesto) que se efectúe debe hacerse únicamente en base a estos dos delitos. Respecto al delito de peculado doloso, tiene una pena de 8 a 12 años y el Ministerio Público está estableciendo su pena en un tercio superior de 9 años y cuatro meses. Por otro lado sostienen el delito de banda criminal, que tiene una sanción de 4 a 8 años, y se está solicitando también en el tercio inferior, una pena de 5 años y 4 meses, siendo así se hace una suma de 14 años y 8 meses de pena privativa de la libertad que como prognosis de la pena podría esperar a los investigados”, aclaró el juez Dilmer Meza.
Por otro lado precisó que, “Aun cuando los investigados decidan someterse a una determinación anticipada, la pena siempre va a ser superior a 4 años de pena privativa de la libertad y por ende efectiva”.
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Respecto al tercer presupuesto, el de peligro procesal, del imputado Guerrero Adelmo guerrero Enciso el Ministerio Público ha señalado que existe el peligro de fuga y también el peligro de obstaculización dado que, luego que fuera detenido, personal de su confianza ingresó al área de alcaldía y sustrajeron 9 expedientes, lo que se corrobora con el acta de denuncia verbal realizada por los regidores provinciales Giner Retuerto Díaz y Geny Trigoso Villalobos y el acta de constatación fiscal del lunes 16 de agosto del 2021.
“El Ministerio no ha cuestionado el arraigo del alcalde provincial, arraigo laboral y domiciliario; ha sustentado el peligro de fuga en las circunstancias de que Atalaya es una provincia de difícil acceso, dado que se encuentra en frontera y la gravedad de la pena. Pese a que el señor pueda tener arraigos, un aspecto muy importante que pueda tener el peligro de fuga es la gravedad de la pena que en este caso es 14 años y 8 meses de pena privativa de la libertad, asimismo debe considerarse que las facilidades con las que este señor cuenta pueda sustraerse de la acción de la justicia ya que tiene las facilidades económicas para desplazarse”, añadió el juez.
SIGRIDT RODRÍGUEZ