Miércoles, Julio 3, 2024
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Nueve meses de prisión preventiva para alcalde de Masisea Waldo Guerra y otros

A las 6.16 minutos de la noche de ayer, la jueza Irene Hidalgo Armas, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, inició la audiencia de lectura de resolución de prisión preventiva imponiendo 9 meses de carcelería preventiva al alcalde del distrito de Masisea, Waldo Guerra Ríos y otros implicados.

Tras verificar la participación de la fiscal, así como de los abogados e investigados, la jueza emitió la resolución número 4 de fecha 30 de junio, donde resuelve declarar fundado en parte el requerimiento fiscal de prisión preventiva planteado por el Ministerio Público, en contra del Alcalde del Distrito de Masisea y sus coinvestigados, por el delito de colusión agravada, en agravio del Estado-Municipalidad Distrital de Masisea.

En consecuencia, dictó nueve meses de prisión preventiva a Waldo Guerra Ríos, Chrystian Jackson Ferreyra Palacios, Javier Orlandini Masgo Valerio, como autores del delito mencionado. En el caso de Waldo Guerra se computa desde el 14 de junio 2024 hasta el 13 de marzo del 2025, ordenándose su ingreso al centro penitenciario de Pucallpa.

Waldo Guerra Ríos

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En el caso de Ferreyra Palacio y Masgo Valerio, el plazo se computará desde que sean puestos a disposición del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria por la autoridad policial o se pongan a derecho de manera voluntaria. En ese sentido, se dictó orden de ubicación y captura a nivel local y nacional para ambos.

La jueza dictó detención domiciliaria contra Bradley Voob Ruíz Tapullima, por 9 meses, debiendo señalar, dentro de las 24 horas siguientes, la ubicación exacta del domicilio donde cumplirá dicha detención.

También dictó comparecencia con restricciones para Joel Eliseo Cardoso Caqui, José Roger Ríos Trigoso, como autores, y contra Eva Elizabeth Trujillo Caballero, Roger Armando Medina Márquez y Migdonio Garay Villanueva, como cómplices primarios, del delito de colusión agravada, debiendo cumplir reglas de conducta, así como la obligación de pagar una caución económica de 3 mil soles dentro de los 10 días de emitida la resolución.

De no cumplir con las reglas de conducta, están apercibidos de que se les revocará la comparecencia restringida.

Se ordenó la inmediata libertad de Joel Eliseo Cardoso Caqui, José Roger Ríos Trigoso, Roger Armando Medina Márquez y Migdonio Garay Villanueva, para que sigan el proceso con comparecencia restringida.

La fiscalía expresó su conformidad. Otros abogados, esperarían la notificación con la integridad de la resolución para interponer el recurso correspondiente, en tanto que otros expresaron su conformidad.

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