Su apariencia era la de vendedores autorizados de una conocida empresa operadora de servicios de telefonía. Ataviados con polos estampados alusivos a promocionar campañas, habían instalado su centro de operaciones de ventas de chips para teléfonos celulares en el parque del Reloj Público de Pucallpa. Sin embargo, este tipo de ventas está prohibida por Ley. Entonces, agentes del Área de Investigación Criminal, por información de la División Macrorregional de Inteligencia, terminó deteniendo en flagrancia, a los vendedores, por la presunta comisión del delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad genérica.
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Al ser intervenidos, Carlos Antonio Castillo Navarro, de 34 años, y Robinson Huanío Fasanando, de 56 años, la Policía les encontró 45 chips activos y 129 no activos de diferentes operadores móviles. Fueron detenidos por la presunta comisión del delito de falsedad genérica.
El hecho fue puesto en conocimiento del representante del Ministerio Público, abogado José Luis Cruz Valera, fiscal provincial de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo.
En noviembre de 2021, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi resolvió, en segunda y última instancia, que la prohibición de la venta de “chips” para teléfonos móviles en la vía pública, dictada por el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telefonía –Osiptel, no constituye barrera burocrática, como pretendían las operadoras del servicio.
En ese sentido, la Sala resolvió que las operadoras de servicios de telefonía tienen la obligación de realizar la verificación biométrica de identidad de los compradores, únicamente en sus oficinas o centros de atención y en los distribuidores autorizados. Consecuentemente, si la venta se realiza en la vía pública, la verificación de la identidad no podría cumplirse y ello vulnera el marco jurídico vigente.