Mediante Decreto Supremo 012-2024-SA se prorrogó la emergencia sanitaria por 60 días en el departamento de Ucayali, por encontrarse afectada por el dengue, como parte de otros departamentos del país.
El decreto supremo, prorrogó la emergencia por epidemia de dengue en los departamentos de Amazonas, Áncash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tumbes y Ucayali, y la Provincia Constitucional del Callao, que ya había sido declarada, antes, por Decreto Supremo N° 004-2024-SA, cuya vigencia culmina este 28 de mayo.
El Informe Técnico – Situación Epidemiológica de Dengue a nivel nacional hasta el 6 de mayo 2024, CÓDIGO: IT DVSP- CDC Nº 023-2024, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades señala que el Perú se encuentra en situación epidémica por dengue, siendo actualmente 21 departamentos y la Provincia Constitucional del Callao y 574 distritos que notifican casos de dengue, observándose una mayor extensión de la enfermedad a nivel nacional, con un 157.4% más de distritos con casos en comparación a la primera semana del año (SE1 del año 2024); y, que en las últimas 4 semanas se observa una tendencia al incremento de casos en los departamentos de Lima, Junín, Amazonas, Cusco, Cajamarca, Huánuco y en la Provincia Constitucional del Callao, así como, se reporta una tendencia al incremento de ingresos hospitalarios por dengue en los departamentos de Lima, Ica, Tumbes, Ucayali, Junín, Cajamarca, Ayacucho y en la Provincia Constitucional del Callao;
En ese sentido, se afirma que es responsabilidad del Estado reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas.
Mientras el artículo primero decreta la prórroga de la emergencia sanitaria en los departamentos ya mencionados, el artículo 2 dispone que las entidades implicadas deben “realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción “Emergencia Sanitaria por afectación de la continuidad de los servicios de salud por epidemia de dengue en 19 departamentos y la Provincia Constitucional del Callao”.
También, según el artículo 4, “Las contrataciones y adquisiciones que se continúen realizando al amparo del presente Decreto Supremo y del Decreto Supremo Nº 004-2024-SA, deben destinarse exclusivamente para los fines que establecen dichas normas, bajo responsabilidad.

