Viernes, Mayo 3, 2024
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Intendente de Sunafil en Ucayali habla sobre la jornada laboral

ADOLESCENTE NO PUEDE TRABAJAR MÁS DE 4 HORAS DIARIAS

William Jonathan Ruiz Cueva Intendente de la IRE de Ucayali, señaló, que se denomina Jornada Laboral, al tiempo en que un trabajador se encuentra a disposición de su empleador para cumplir con las actividades para las que ha sido contratado.

Así mismo, mencionó que según el Art. 1 del TUO del D. Leg. N° 854, la jornada laboral ordinaria para hombres y mujeres en edad adulta es de 8 horas diarias o de 48 horas semanales. En el caso de trabajo adolescente no debería exceder de 4 horas diarias o 24 horas semanales para menores de 14 años y para menores de 15 a 17, desde 6 horas diarias o 36 horas semanales.

Con respecto a las horas laborales ejercidas fuera del horario pactado, William Ruiz indicó que se estaría hablando de un pago significativo del 25% por cada hora extra en un máximo de 2 horas, ya que en la 3era hora el monto subiría a un 35%. Cabe resaltar que el almuerzo es un tiempo que no se considera parte del horario laboral, sino de descanso que debe durar un tiempo mínimo de 45 minutos.

Las infracciones del empleador al incumplir con las disposiciones relacionadas sobre la jornada de trabajo, refrigerio, trabajo en sobretiempo, trabajo nocturno, descanso vacacional y otros descansos, el intendente mencionó que las sanciones pueden ir desde los S/. 3,500 hasta los S/. 270,529. Por eso, los empleadores deben cumplir con las normas laborales.

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