Una mujer de 22 años, Nancy Yaneth Inocencio Ventura, maltrató a su menor hija de 4 años de edad y fue detenida en un bar, por lo que, la Dra. Norma Tovalino Barrera, jueza del Juzgado Mixto en Adición Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de la Provincia de Padre Abad, tuvo que dictar medidas de protección para la menor de iniciales T.Y.E.I.
La jueza dispuso el ingreso de la víctima a la Unidad de Protección Especial de Ucayali del Ministerio de la Mujer. Además, prohibió que la presunta agresora ejerza actos de violencia y ordenó el tratamiento psicológico para ambas partes, en cumplimiento de la Ley 30364. Todo eso con el objetivo de salvaguardar la integridad de la menor.
El 29 de octubre, personal de serenazgo recibió información telefónica sobre maltratos a una menor de edad, por lo que se trasladaron al Km. 109 de la Carretera Federico Basadre encontrando en el bar Punto Rojo, a la menor con lesiones en la espalda junto a su madre. Entonces decidieron trasladarlas a las instalaciones de la Comisaría San Alejandro, poniéndolas a disposición de los efectivos policiales.
El Centro Emergencia Mujer San Alejandro denunció que la niña había sido víctima del presunto delito contra la vida, el cuerpo y la salud, agresión contra la mujer e integrantes del grupo familiar en la modalidad de violencia física y psicológica por parte de su progenitora. En la denuncia precisó que la menor evidencia lesiones visibles de agresión en su espalda.
En el reconocimiento médico, de fecha 29 de octubre, se otorgó una atención facultativa y descanso médico de siete días para la menor, mostrando la gravedad de la agresión.
En el supuesto de que existiese alguna duda objetiva sobre la valoración integral de las pruebas, la magistrada consideró el principio in dubio pro agredido, cuando no hay equidad produciéndose relaciones abusivas.
La figura del in dubio pro agredido, significa que deberá ser interpretada a favor de quien se solicita las medidas de protección.
La jueza acudió a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia para valorar todo el acervo probatorio. En el caso concreto, tomó en cuenta lo actuado en sede policial, así como lo escuchado a la denunciada a fin de dictar las medidas de protección. Para la Dra. Tovalino, resulta necesario velar que esta situación no continúe o evitar que se produzcan nuevos actos de violencia para que la víctima ya no sea afectada en su autoestima y/o integridad por lo que dictó medidas de protección a favor de la menor agraviada.