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Juez deberá cumplir sentencia por desobediencia a la autoridad

EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO SE NEGÓ AL DOSAJE ETÍLICO

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El juez Roberto Carlos Gonzales Chávez, tendrá que cumplir su sentencia de cuatro años de prisión, suspendida a tres, luego que el juez Antar García Cosío del Segundo Juzgado Penal Unipersonal, declaró inadmisible su recurso de apelación, por presentarla extemporáneamente.

Gonzales Chávez fue condenado por el delito de desobediencia o resistencia a la autoridad, mediante sentencia del 27 de septiembre de 2024 que le ordenó, además, pagar una reparación civil de S/ 2,000 y cumplir reglas de conducta durante los tres años en que estará libre por la suspensión de la pena.

Como quiera que quería salir limpio del proceso, el 10 de octubre de 2024, presentó su recurso de apelación. Habiendo sido notificado el 27 de setiembre, tenía tres días para apelar. Su recurso fue presentado cinco días hábiles después. Es decir se excedió del plazo para apelar.

El juez García Cosio, en su resolución, determinó que la apelación no cumplía con los requisitos procesales para ser admitida, dado que fue presentada fuera del plazo establecido por la ley. A pesar de que los días 7 y 8 de octubre fueron declarados feriados no laborables, el recurso seguía siendo extemporáneo.

Con la apelación declarada inadmisible, el juzgado ratificó la condena contra el magistrado, declarándola consentida. Como parte del fallo, el juez ordenó la emisión del boletín de condena, y el expediente será remitido al juzgado de origen para proceder con la ejecución de la sentencia.

IMPUTACIÓN

El 18 de marzo de 2019, Roberto Gonzales Chávez fue detenido tras un accidente vehicular en la intersección de la avenida Arborización con la avenida Universitaria, en Yarinacocha. Según las investigaciones fiscales, Gonzales Chávez se encontraba en el asiento del conductor de la camioneta que colisionó con dos vehículos menores.

El fiscal precisó que el magistrado presentaba “evidentes signos de ebriedad, incluyendo aliento alcohólico, pero se negó rotundamente a someterse al examen de dosaje etílico”, tanto por medio de la prueba de soplo como la extracción de sangre. Su negativa fue registrada en las actas de la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Ministerio Público, lo que conllevó el proceso en su contra por desobediencia a la autoridad, conforme al artículo 368° del Código Penal.

En el desarrollo del juicio, los testimonios de los oficiales intervinientes, así como las pruebas documentales y visuales, reforzaron la acusación. El S3 PNP Max Gustavo García Fasabi, uno de los policías a cargo del operativo, declaró que Gonzales Chávez habría mostrado una actitud reticente durante toda la intervención, negándose a bajar del vehículo en un primer momento y evadiendo las órdenes de someterse a los exámenes.

El magistrado imputado, en su defensa, argumentó que no se sometió a las pruebas por temores personales y traumáticas experiencias pasadas con agujas. Además, los testigos del accidente que están registrados en el requerimiento fiscal, Giovanny Stefano Vásquez Ruiz y Jorge Acosta Canayo, señalaron que, tras la colisión, observaron a otra persona como el conductor del vehículo, quien habría escapado, dejando a Gonzales Chávez en el asiento del conductor.

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