Inicio Portada Ex funcionarios de la UGEL Atalaya son sentenciados por haberse coludido para...

Ex funcionarios de la UGEL Atalaya son sentenciados por haberse coludido para favorecer a North American

0

Funcionarios de la UGEL de Atalaya, en el año 2017, vulneraron las normas de contrataciones del Estado, y se coludieron para favorecer a la empresa aérea North American Float Plane Service SAC, pagándole 70 mil soles por adelantado para que usen sus servicios de pasajes aéreos. Sin embargo, apenas pudieron utilizar pasajes por un monto de 44 400.00 soles porque la línea de aviación fue intervenida en un proceso por lavado de activos. Los funcionarios de la UGEL, lejos de resolver el contrato, procedieron a anularlo y, de esa manera, no pudieron exigir el pago de daños y perjuicios. Tras un enjuiciamiento de varios años y probada su responsabilidad, el poder judicial impuso condenas de 6 y 5 años de cárcel a cuatro ex funcionarios de la mencionada UGEL.

PODER JUDICIAL LOS CONDENÓ A 6 Y 5 AÑOS DE CÁRCEL EFECTIVA

Ex funcionarios de la UGEL Atalaya son sentenciados por haberse coludido para favorecer a North American

El informe de Auditoría de Cumplimiento N° 015-2018-2-5354 que la Contraloría emitió el año 2018, sirvió de base para que el poder judicial condene a 3 ex funcionarios de la UGEL de Atalaya, a 6 años de cárcel efectiva, mientras a un cuarto lo condenó a 5 años. La Contraloría, en el informe citado, había encontrado responsabilidad en 5 ex funcionarios. Uno, al parecer, no recibió condena.

La sentencia condenatoria se dio a conocer el pasado 2 de agosto y, contempla también la inhabilitación de los sentenciados para que no puedan ocupar cargos públicos. Todos ellos fueron juzgados por colusión agravada al haber vulnerado las normas de contrataciones, para favorecer a la línea de aviación privada North American Float Plane Service SAC, empresa a la que le pagaron 70 mil soles por adelantado por el uso de pasajes aéreos, mediante una modificación contractual sin sustento técnico ni legal.

Lo que causa admiración es que los ex funcionarios podían haber superado esta situación, pero ocurrió que, cuando llevaban utilizando 44 400.00 soles en pasajes, la mencionada línea aérea fue intervenida en un proceso por lavado de activos que, como se recuerda, involucró al ex presidente regional Jorge Velásquez Portocarrero.

Como ya habían pagado por adelantado el monto de 70 mil soles a una empresa que ya no podría darles servicio y tampoco podían utilizar los servicios de otras líneas porque no tenían los fondos, comenzaron a conocerse los detalles de la irregularidad.

Frente a eso, los ex funcionarios cometieron un error más grave (o de repente intentaron una acción para encubrir la irregularidad), es decir, procedieron a declarar la nulidad del contrato, como si nunca hubiera existido, pese a que habían efectuado el pago en una sola armada y por adelantado. Al anular el contrato, la UGEL ya no podía iniciar acciones para pedir indemnización por daños y perjuicios causados por North American. En buena cuenta, los ex funcionarios habrían continuado beneficiando a North American.

Según los especialistas, lo que correspondía, en ese caso, era resolver el contrato por incumplimiento de obligaciones de North American y demandar el pago de daños y perjuicios. Eso no lo hicieron los ex funcionarios.

Detallando la irregularidad, en el informe del 2018 de la Contraloría, se lee lo siguiente:

“Los integrantes del comité de selección que formularon y aprobaron las bases integradas del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada n.° 003-2017-UGEL-ATALAYA, en su calidad de funcionarios (director de Administración, jefe de Abastecimiento y Asesor Legal) y el director encargado en reemplazo del director Titular, suscribieron y dieron su visto bueno el contrato de servicios modificando la forma y plazo de pago establecido, esto es, de pagos periódicos a un pago único por adelantado, al margen de Ia normativa de contrataciones del Estado, cuya contraprestación solo se ejecutó por S/44 400.00, debido a que la División de Investigación de Lavados de Activos de la Policía Nacional del Perú incautó las aeronaves del contratista, lo que ocasionó el incumplimiento de la prestación del servicio por S/70 530.00, afectando así las actividades programadas. Lo que agrava este hecho es que, en vez de que resuelvan el contrato por el incumplimiento de obligaciones, procedieron a anularlo, dejando en indefensión a la Entidad e impidiéndole accionar legalmente la indemnización de daños y perjuicios irrogados”.

La Contraloría afirma que: “el estudio y las bases integradas establecieron que el pago de la contraprestación a favor del contratista debla realizarse de manera periódica mediante pagos mensuales, dentro de quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, previa recepción del comprobante de pago y demás documentos necesarios para acreditar su prestación.” Ese procedimiento se lo saltaron los ex funcionarios.

El informe de la Contraloría es contundente cuando afirma que:

“En tal sentido, el uso de la excepcionalidad del pago adelantado invocado en el contrato para justificar lo actuado, obliga a la Entidad a sustentar en el expediente de contratación esta circunstancia. Sin embargo, en el presente caso esta no fue sustentada, ni en el estudio, ni en las bases integradas, ni se colige de la documentación revisada que el contratista haya solicitado el pago total adelantado del servicio; por lo que el haberse establecido y realizado esta forma de pago bajo la figura de ‘salvaguardarlo’, carece de sustento técnico y legal.

“Al contrario, el estudio realizado para la determinación del valor referencial señaló que habla postores potenciales a brindar el servicio (pluralidad de postores) y que la forma de pago debía ser periódica, después de la firma del contrato, prestación del servicio y previa presentación de la factura. De igual forma lo estableció las bases integradas, al indicar que la Entidad realizaría el pago de la contraprestación en pagos mensuales, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios.” Pero lo que ocurrió es que prefirieron contratar con North American y pagarle por adelantado. La colusión está a la vista.

El informe de Contraloría, como ya se dijo, determinó presunta responsabilidad penal de cinco exfuncionarios (director, director encargado, director del sistema administrativo II, jefe de abastecimiento y abogado), luego el informe fue remitido a la procuraduría especializada en delitos de corrupción de funcionarios quien realizó la denuncia respectiva en la fiscalía anticorrupción.

Según el informe, los funcionarios con responsabilidad son:

Eduardo Rally Yupanqui Bautista, director de la UGEL Atalaya.

Eden Berły Fernández Reyes, director encargado de la UGEL Atalaya.

Segundo Valdivieso Bardales, Asesor Legal.

Jaime Ortiz Ramírez, jefe de Administración.

Juan Eliseo Ramírez Garcia, jefe de abastecimiento y servicios auxiliares.

El 2 de agosto del 2024, el Poder Judicial de Ucayali dictó sentencia condenatoria a cuatro de estas exautoridades por el delito de colusión agravada y les impuso seis años de pena privativa de la libertad efectiva al director, al director del sistema administrativo II y al abogado, y cinco años al jefe de abastecimiento.

Asimismo, fueron inhabilitados para la función pública por el tiempo del término de la condena, es decir seis y cinco años, y a pagar una reparación civil de S/ 70 mil.

Exit mobile version