Viernes, Julio 26, 2024
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Sentenciado por tocamientos no estaría apto para reinserción social

SALA PENAL DE APELACIONES LE NEGÓ SEMILIBERTAD

Gerson Luyo Flores continuará preso. La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ucayali desestimó el pedido de su defensa que buscaba su semilibertad. Luyo Flores fue sentenciado por el Juzgado Penal Colegiado Permanente a 10 años de cárcel por el delito de actos contra el pudor en el 2018, en agravio de una niña de 11 años, que era parte de su núcleo familiar. 

El abogado del sentenciado señaló en audiencia de apelación que su patrocinado buscaba la semilibertad para poder trabajar y mantener a sus hijas. Para ello, cumplió ciertos requisitos, como el pago de la reparación civil (S/ 1 000), presentó un certificado de mecánico automotriz como prueba de sus habilidades laborales, un contrato de trabajo, cumplió con la tercera parte de la pena impuesta, no tiene procesos judiciales pendientes con mandato de detención, se encuentra en la etapa de mínima seguridad del penal y el Informe Psicoterapéutico practicado a su persona concluyó que tiene alta probabilidad de reinserción social.

JUECES NO LE CREYERON

La sala cuestionó la sinceridad del arrepentimiento del sentenciado y su comprensión de la gravedad de su delito, especialmente en lo que respecta a su comportamiento hacia las menores de edad. Durante la audiencia, el sentenciado no demostró de manera convincente que haya internalizado la gravedad de sus acciones. Según los jueces superiores Federik Rivera Berrospi, Hermógenes Lima Chayña y Marco Espíritu Matos (integrantes de la sala), esto representa un riesgo potencial para la seguridad de personas vulnerables, en este caso, sus dos hijas menores.

En relación a su contrato de trabajo, surgieron dudas sobre su ejecución efectiva debido a la relación familiar entre el empleador y el sentenciado, quienes son padre e hijo. El progenitor del sentenciado manifestó que su empresa tiene más de 20 años, pero durante todo ese tiempo y hasta la fecha, nunca suscribió contrato de trabajo alguno, ni formal ni informal, a pesar de señalar que requiere contar con apoyo debido a la alta demanda.

En el mismo certificado se precisa que la labor que desempeñará el interno será la de mecánico de vehículos automotores; sin embargo, durante el proceso de apelación, no se acreditó que tenga esas habilidades ni los estudios mínimos para cumplir tal función. Aunque se presentó un certificado de estudios, el sentenciado, al ser examinado, no hizo referencia a esa información. Además, durante su estancia en el penal, estudió agropecuaria y zapatería, disciplinas que difieren notablemente del conocimiento requerido en mecánica automotriz.

“Es altamente probable que el empleador haya otorgado el contrato de trabajo solamente con el fin de posibilitar a su hijo acceder al beneficio penitenciario”, comentó la sala.

LOS HECHOS

En noviembre de 2015, una maestra de quinto grado de primaria impartía una lección a sus alumnos sobre los derechos del niño, específicamente en relación al abuso sexual, tocamientos indebidos y la importancia de comunicar a sus padres si experimentaban una situación así. Durante el recreo, la alumna, quien resultó ser la menor agraviada, se acercó a la maestra para consultarle sobre la conducta de Gerson Luyo Flores.

La víctima relató que, en una ocasión, la primera vez, el acusado la hizo sentarse en sus piernas y le tocó sus partes íntimas después de que ella saliera de bañarse, advirtiéndole que no dijera nada a su madre. En otro incidente, la besó en la boca. Posteriormente, le mostró sus partes íntimas, un libro de posiciones sexuales y finalmente se masturbó delante de ella.

La niña también informó que contó estos hechos a una tía y a su madre, quien confrontó al acusado. Él admitió su error, se arrodilló llorando pidiendo perdón a la madre y a la víctima, asegurando que nunca volvería a repetirlo. Finalmente, la maestra y la tía denunciaron el incidente a las autoridades correspondientes.

SEMILIBERTAD EN EL PERÚ 

En el sistema judicial peruano, la semilibertad es un beneficio penitenciario que permite al interno cumplir una parte de su condena fuera del establecimiento penitenciario bajo ciertas condiciones y supervisión. Durante este período, el individuo puede llevar a cabo actividades laborales, educativas o de reinserción social, contribuyendo así a su rehabilitación y reintegración en la sociedad.

Para acceder a la semilibertad, el interno debe cumplir con ciertos requisitos establecidos por la ley y ser evaluado favorablemente por las autoridades competentes, como el juez de ejecución penal y el Instituto Nacional Penitenciario. Estos requisitos suelen incluir haber cumplido una parte de la condena, no tener procesos judiciales pendientes, presentar un plan de trabajo o estudio viable, y mostrar signos de rehabilitación y buena conducta durante su reclusión.

La semilibertad puede ser concedida por un período determinado, durante el cual el interno debe cumplir con las condiciones y restricciones establecidas en su plan de semilibertad. El incumplimiento de estas condiciones puede resultar en la revocación del beneficio y el regreso del sujeto al establecimiento penitenciario para cumplir el resto de su condena.

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